El reglamento se aplicará:
- A las nuevas instalaciones, a sus modificaciones y a sus ampliaciones.
- A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor cuando, mediante un estudio de eficiencia energética, la Administración Pública competente lo considere necesario.
- A las instalaciones existentes antes de su entrada en vigor que sean objeto de modificaciones de importancia y a sus ampliaciones, entendiendo por modificación de importancia aquella que afecte a más del 50% de la potencia o luminarias instaladas.
En INGEIN contamos con la acreditación para ofrecer el servicio de inspección inicial e inspección periódica en las instalaciones de alumbrado exterior en todo el territorio nacional.
Periodicidad:
- Inspección inicial, previa a su puesta en servicio: las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.
- Inspecciones periódicas: cada 5 años, en las instalaciones de más de 5 kW de potencia instalada.